Los proyectos de ley de urgente consideración en Uruguay
Palacio Legislativo - Extraída de la web del Parlamento Desde la Constitución de 1830, el Poder Ejecutivo cuenta con la potestad de presentar proyectos de ley ante el Parlamento. Este precepto no es tan obvio en los sistemas presidencialistas puesto que el modelo originario estadounidense nunca concedió esa facultad a sus presidentes. En Uruguay, todas las constituciones mantuvieron la regla pero la reforma de 1967 introdujo la posibilidad de que el Ejecutivo envara proyectos de ley de urgente consideración (PUC) que deben ser tratados dentro de un plazo estipulado y en caso de no hacerlo, el proyecto se convierte automáticamente en ley (1). Sanguinetti y Pacheco Seré calificaron a esta disposición como “un mecanismo de aprobación tácita” pues el proyecto queda aprobado tal cual lo presentó el Poder Ejecutivo si no existe un pronunciamiento parlamentario (2).